El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de Ley de la Sociedad Cooperativa Europea domiciliada en España, un instrumento legal que permitirá intensificar la actividad internacional a las sociedades cooperativas y formar alianzas con las de otros países de la Unión Europea (UE), según un comunicado del Gobierno español.
Las sociedades podrán constituirse con, al menos, cinco personas físicas y/o jurídicas residentes en dos o más Estados miembros de la Unión, y habrá de tener un capital mínimo cifrado en 30.000 euros. Se establece que estas sociedades se inscribirán en el Registro Mercantil y este se coordine con el correspondiente Registro de Cooperativas, bien el Estatal o el Autonómico.
Los órganos de gobierno constarán de una asamblea general, y bien un órgano de control y un órgano de dirección, o un órgano de administración, según la opción que se haya adoptado en los estatutos.
El Ejecutivo continúa así con la creación de una legislación específicamente europea en el área del Derecho de Sociedades, como ya se hizo con el Estatuto de la Sociedad Anónima Europea.
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